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Formatos legales · vigentes 2026

Contrato de arrendamiento de vivienda

Un contrato de arrendamiento bien hecho protege a los dos. Este formato sigue la Ley 820 de 2003: sin depósito, reajuste máximo por IPC, duración y prórroga, servicios, reparaciones y terminación.

Partes

Inmueble

Condiciones

Firmen dos copias y anexen el inventario con fotos. Para saber cuánto puede subir el canon cada año usa la calculadora de aumento del arriendo. Nada de lo que escribes sale de tu navegador.

Guía rápida

Lo que la ley fija aunque el contrato diga otra cosa

El arrendamiento de vivienda urbana está regulado por la Ley 820 de 2003 y sus reglas son de orden público: no se puede exigir depósito en dinero ni caución real (artículo 16), el canon no puede pasar del 1 % del valor comercial del inmueble (artículo 18) y solo puede subir cada 12 meses hasta el IPC del año anterior (artículo 20): 5,10 % en 2026. Si no se pacta duración, es de un año (artículo 5), y se prorroga automáticamente por igual término si las dos partes cumplen (artículo 6). El arrendatario puede ceder o subarrendar solo con autorización escrita (artículo 17). Lo que sí se puede negociar: el valor, el día de pago, quién paga servicios y administración, el deudor solidario y las mascotas.

Cómo termina

Errores frecuentes

Base legal

Ley 820 de 2003, artículos 3 (contenido mínimo), 5 y 6 (duración y prórroga), 8 y 9 (obligaciones de las partes), 15 (servicios públicos), 16 (prohibición de depósitos), 17 (cesión y subarriendo), 18 y 20 (canon y reajuste) y 21 a 25 (terminación); Código General del Proceso, artículo 422 (mérito ejecutivo de los documentos que contienen obligaciones claras, expresas y exigibles) y 384 (proceso de restitución); Código Civil, artículos 1973 y siguientes (arrendamiento) y 1998 y 2029 (reparaciones locativas y necesarias); Ley 675 de 2001 (propiedad horizontal).

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir depósito o un mes de garantía?

No, en vivienda urbana está prohibido por el artículo 16 de la Ley 820 de 2003. Sí se puede pedir deudor solidario, fiador o póliza de arrendamiento.

¿Cuánto puede subir el arriendo?

Cada 12 meses, hasta el IPC del año anterior: 5,10 % en 2026. Calcúlalo en la calculadora de aumento del arriendo.

¿El contrato necesita notaría?

No. Vale con la firma de las partes y, por contener obligaciones claras, expresas y exigibles, presta mérito ejecutivo para cobrar los cánones (artículo 422 del Código General del Proceso). Autenticar las firmas es opcional.

¿Qué pasa si el inquilino no paga?

El arrendador puede dar por terminado el contrato y pedir la restitución ante un juez civil (proceso verbal sumario); el arrendatario debe consignar los cánones durante el proceso para ser oído. Nunca se puede desalojar por la fuerza ni cortar servicios.