Cifras oficiales 2026 · reforma laboral incluida
Calculadora de retención en la fuente 2026
Retención mensual por el procedimiento 1 con la UVT 2026 de $52.374. La base se depura con aportes obligatorios, deducciones y el 25 % de renta exenta.
No incluye aportes voluntarios a pensión ni cuentas AFC. El resultado se aproxima al múltiplo de mil, como lo hace la DIAN.
Tabla de retención (art. 383 del Estatuto Tributario)
| Base gravable en UVT | Base en pesos 2026 | Tarifa |
|---|---|---|
| 0 a 95 | hasta $4.975.530 | 0 % |
| 95 a 150 | hasta $7.856.100 | 19 % |
| 150 a 360 | hasta $18.854.640 | 28 % |
| 360 a 640 | hasta $33.519.360 | 33 % |
| 640 a 945 | hasta $49.493.430 | 35 % |
| 945 a 2.300 | hasta $120.460.200 | 37 % |
| más de 2.300 | 39 % |
Las tarifas son marginales: cada tramo paga solo por lo que supera el tramo anterior.
Cómo se depura la base
- Ingreso del mes menos aportes obligatorios a salud, pensión y fondo de solidaridad.
- Menos deducciones: dependientes (10 %, máx. 32 UVT), intereses de vivienda (máx. 100 UVT) y medicina prepagada (máx. 16 UVT).
- Menos renta exenta del 25 % de lo que queda (máx. 790 UVT al año).
- Deducciones más exentas no pueden pasar del 40 % del ingreso depurado ni de 1.340 UVT al año.
Guía rápida
Qué es la retención a asalariados
La retención en la fuente no es un impuesto distinto: es un anticipo del impuesto de renta que la empresa te descuenta cada mes y le entrega a la DIAN. Al año siguiente, si declaras renta, ese anticipo se cruza con el impuesto real y puede salir saldo a favor. El procedimiento 1 calcula la retención mes a mes depurando el pago: se restan los aportes obligatorios, las deducciones (dependientes, intereses de vivienda, medicina prepagada) y el 25 % exento, y lo que queda se lleva a la tabla del artículo 383, que empieza en 95 UVT ($4.975.530 en 2026).
Ejemplo paso a paso
Salario de $10.000.000, sin deducciones. Aportes: 4 % salud + 4 % pensión + 1 % fondo de solidaridad = $900.000. Depurado: $9.100.000. Renta exenta: 25 % = $2.275.000 (está dentro del tope de 790 UVT al año). Base gravable: $6.825.000 = 130,31 UVT. Tabla: (130,31 − 95) × 19 % = 6,71 UVT × $52.374 = $351.370, que se aproxima a $351.000. Si esa persona tiene un hijo a cargo, la deducción por dependientes (10 %, $1.000.000) baja la retención a unos $209.000.
Errores frecuentes
- No entregar a la empresa el formato de dependientes ni los certificados de intereses de vivienda y medicina prepagada: sin ellos no se aplican.
- Pensar que si te retienen no debes declarar, o que si declaras pagas dos veces: la retención se descuenta del impuesto.
- Confundir el procedimiento 1 (mensual) con el 2 (porcentaje fijo semestral); la empresa elige y debe mantenerlo todo el año.
- Olvidar que la prima tiene su propia depuración y retención en el procedimiento 1.
Base legal
Estatuto Tributario, artículos 383 (tabla), 385 y 386 (procedimientos 1 y 2), 387 (deducciones), 388 (depuración) y 206 numeral 10 (renta exenta del 25 %); Decreto 1625 de 2016, artículos 1.2.4.1.6 y siguientes; Ley 2277 de 2022 (topes de 790 y 1.340 UVT).
Preguntas frecuentes
¿Desde qué salario hay retención en la fuente en 2026?
Para un asalariado sin deducciones, desde unos $7,2 millones mensuales. Con dependientes, desde unos $8 millones.
¿Qué diferencia hay entre procedimiento 1 y 2?
El 1 calcula la retención cada mes con la tabla. El 2 fija un porcentaje semestral con el promedio de los 12 meses anteriores. Ambos deberían dar resultados parecidos en el año.
¿La prima tiene retención?
Sí. En el procedimiento 1 la prima se depura y se lleva a la tabla por separado del salario del mes.